Muchas instituciones han dejado de declarar el IDE, por la derogación del impuesto en 2014 y a la fecha les han llegado multas por omisión de las mismas.
La confusión radica en que el impuesto ya no se debe retener y mucho menos declarar en el banco. Solo se deben enviar las informativas, es decir, comunicarle al SAT, qué contribuyentes realizaron depósitos arriba de los $15,000.00 Fundamento: Art. 55, Fracción IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Para realizar ese comunicado, es necesario hacerlo en el formato XML y bajo ciertos requisitos de conexión para su envío. IDEclara funge como proveedor del servicio de creación y envío de las informativas. Obtén fácilmente el acuse de aceptación de tus declaraciones pendientes.
Recuerda que la obligación inició en julio del 2008.
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